El artículo 65 de nuestra Constitución establece “toda persona tiene derecho a que su trabajo se remunere en función de la calidad y cantidad…” La calidad del trabajo no es la calidad del producto del trabajo sino la calidad del propio trabajo, la cual se expresa por el conjunto de cualidades, características o particularidades estructurales de una forma integral y específica, que le son inherentes a un trabajo concreto, y por las cuales se distingue esencialmente de otros. Los factores que determinan la calidad del trabajo pueden dividirse en dos grandes grupos: factores determinantes de la complejidad del trabajo y factores extracalificatorios. Por tanto, el sistema salarial está integrado por: la escala de complejidad, los calificadores, las tarifas por complejidad, la escala de factores extracalificatorios, las tarifas por factores extracalificatorios, listado de puestos de factores extracalificatorios y las formas de pago y sistemas de primas.