LÁZARO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Y YAISEL R. PÉREZ ROMERO. Es hora de rectificar. Proyecto constitucional cubano, trabajo y salario.

Llama a la reflexión que, siendo el trabajo y su pago de una importancia capital para la construcción del socialismo, el proyecto de Constitución en su artículo 76 presenta una falta de profundidad teórica y práctica que lo hacen absurdo y aciago.

En su elaboración, así como la discusión en la Asamblea Nacional del Poder Popular insólitamente nadie se refirió al mismo. En el Preámbulo de la Constitución se señala: “…las ideas político sociales de Marx, Engels y Lenin…” los cuales en ninguna de sus obras expresan el apotegma “De cada cual, según su capacidad, a cada cual según su trabajo”.

Lo que Marx y Lenin plantearon, tanto en la Crítica del Programa de Gotha, como en El Estado y la Revolución, respectivamente, fue que no había otra alternativa que utilizar el principio burgués de remunerar a cada productor en correspondencia con la cantidad de trabajo rendido, de ahí que el principio no es socialista.

Por otra parte, no es posible considerar en esta etapa del desarrollo económico-social que los individuos aportarán   según sus capacidades, lo que se demuestra al analizar la situación social cubana donde el individuo trabaja allí donde le paguen más.

Aportar según la capacidad del individuo solo es posible cuando se eliminen las contradicciones entre el trabajo manual y el intelectual; entre la ciudad y el campo; cuando el trabajo sea la primera necesidad del ser humano; cuando esté desarrollado en todos sus aspectos, etc. Solo entonces podrá aspirarse a que el ciudadano trabajador aporte según sus capacidades. La distribución de la riqueza no es en base al trabajo, solamente una parte destinada al Fondo de Consumo Individual (salario) depende del trabajo aportado por cada productor, el resto de la riqueza creada obedece a otros principios que no son el trabajo.

En el mencionado artículo se expresa: “El trabajo se remunera en función de la cantidad, complejidad, calidad y resultados obtenidos” lo cual es un galimatías obviando el pago por factores extracalificatorios (condiciones anormales de trabajo).

La cantidad de trabajo se mide en dependencia de su calidad y cantidad. La calidad expresa las distintas cualidades que diferencian un trabajo de otro, la cual se subdivide en la complejidad,   que es el tiempo socialmente necesario para adquirir los conocimientos, habilidades y destrezas para realizar una determinada labor; el otro aspecto que comprende la calidad del trabajo lo conforman los factores extracalificatorios, los cuales producen en el trabajador un mayor desgaste físico y/o mental. Evaluados ambos aspectos, la cantidad de trabajo se mide por el tiempo laborado o la cantidad de unidades producidas.

Un tercer aspecto señalado en el antes citado artículo es que “Todas las personas reciben el mismo salario por trabajo de igual valor”. Esta expresión es válida solo dentro de una entidad o rama. A nivel nacional es un absurdo plantearlo ya que entre otros factores debemos de considerar las diferentes escalas existentes, los pagos extra a determinados sectores, la aplicación de los coeficientes de interés económico-social, la existencia de la propiedad mixta y privada, etc.

En el Proyecto de Constitución no se define el papel del Estado en la organización del salario ni de los precios, así como no se alude el salario mínimo que corresponda en cada caso a las necesidades básicas del trabajador.

2 de octubre de 2018

NOTA SOBRE LOS AUTORES:

Lázaro González Rodríguez. Doctor en Ciencias Económicas y Profesor Titular Adjunto de la Universidad de La Habana. Miembro de Honor de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba (ANEC). Desde 1961 hasta 1981 laboró en el Ministerio del Trabajo en la esfera de la organización del trabajo y los salarios, ocupando, entre otros cargos, los de Director de Salarios, Viceministro y Director fundador del Instituto Nacional para la Investigación Científica del Trabajo. En 1981 y hasta el año 2003 labora en el Ministerio de Industria Básica ocupando los cargos de Director Económico en la Unión de la Goma (1981-1984), Director de la Empresa de la Goma “Conrado Piña” (1985-2000) entidad laboratorio del MTSS y primera en aplicar el perfeccionamiento empresarial en el país. A partir de 2001 y hasta 2003 realiza actividades de asesoramiento en la esfera de la organización del trabajo y los salarios en el organismo central. Actualmente labora como consultor. Es presidente fundador de la Sociedad de Estudios del Trabajo de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba (ANEC). Desde su fundación hasta 2009 fue miembro del Tribunal de Grado Científico de Economía Aplicada. Autor de varios de los libros más sobresalientes publicados en Cuba sobre cuestiones relativas a la organización científica del trabajo, los salarios, la productividad, y los estímulos materiales y morales.

Yaisel Roberto Pérez Romero. Ingeniero Industrial, especializado en la economía del trabajo y la dirección de empresas. Ha trabajado como Especialista principal en la Empresa de la Goma. Como coautor ha publicado el libro “La ciencia del trabajo en la actualización del modelo económico y social cubano”. Ha publicado como coautor diversos artículos sobre el salario la organización del trabajo y la dirección empresarial. Consultor. Se ha desempeñado como especialista en banca en la Oficina Central del Banco de Crédito y Comercio.

Categories: Invitados